Dirección General de Aguas inspeccionó sector precordillerano denominado “Matancilla”

En el sector de la cuenca del río Huasco existen vegas y bodefales que bajo el nuevo Código de Aguas están bajo resguardo, estableciéndose que la DGA debe velar por la armonía y el equilibrio entre la preservación ecosistémica y la función productiva de las aguas.

01-07-2022 13:00:00 Dirección General de Aguas

Dirección General de Aguas inspeccionó sector precordillerano denominado “Matancilla”

Ciudadanía y autoridades han planteado diversas preocupaciones respecto a la inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas en el sector de Matancilla, cuenca del río Huasco, los que se establecieron a través de procesos judiciales y no por medio de la Dirección General de Aguas del MOP.

Según explicó María Fernanda Avilés, directora regional (s) de Aguas de Atacama, “el recurso de casación interpuesto contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre los 920 litros por segundo inscritos en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena, se encuentra a la espera de la admisibilidad por parte de la Corte Suprema. No obstante, este Servicio ha realizado acciones tendientes a buscar alternativas y soluciones ante el desafío que plantea esta controversia en la disponibilidad de los recursos hídricos”.

En sintonía con lo anterior y con el objeto de responder a las inquietudes y diferencias existentes entre los distintos usuarios, al inicio de este gobierno, la DGA realizó una visita a terreno entre el 11 y 15 de marzo con el propósito de comprobar si los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados se encontraban en uso y además, verificar la condición hídrica del sector.

En la visita inspectiva los profesionales de la DGA constataron la existencia de vestigios de obras de conducción de aguas y de acuerdo a las mediciones de caudal realizadas, el agua disponible es significativamente menor a los derechos de aprovechamiento de aguas que fueron inscritos por orden judicial. Asimismo, se comprobó el desarrollo de vegas y bofedales de alto valor ecosistémico, por lo que de acuerdo a las disposiciones establecidas en el nuevo Código de Aguas, la DGA “deberá velar por la armonía y el equilibrio entre la función de preservación ecosistémica y la función productiva que cumplen las aguas”, explicó Avilés.

En el caso de que la Corte Suprema se pronunciara desfavorablemente para los regantes, y con el objeto de avanzar respecto al eventual uso futuro de las aguas del sector de Matancilla, la DGA solicitó a la Junta de Vigilancia de la cuenca del Río Huasco y sus Afluentes informar cuáles son las consideraciones técnicas que, dentro de sus atribuciones, se podrían adoptar respecto de la distribución de las aguas que fueron constituidas judicialmente, en atención a que se debe compatibilizar el uso de estas aguas con el alto valor ambiental de este ecosistema altoandino.

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