DGA participa en seminario “Novedades en la Institucionalidad del Sector Sanitario Rural” de AIDIS Chile

En el marco de las herramientas que otorga el nuevo Código de Aguas al Servicio para priorizar el consumo humano, saneamiento y uso doméstico de subsistencia del agua, el jefe del Departamento de Administración de Recursos Hídricos, Carlos Flores, expuso sobre los beneficios que otorga la ley para los Comités de Aguas Potable Rural.

02-08-2022 18:00:00 Dirección General de Aguas

DGA participa en seminario “Novedades en la Institucionalidad del Sector Sanitario Rural” de AIDIS Chile

El miércoles 27 de julio se realizó el seminario online “Novedades en la Institucionalidad del Sector Sanitario Rural” organizado por la Asociación Interamericana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental (AIDIS) – Capítulo Chileno.

La actividad abordó la ley 21.401, promulgada el 20 de diciembre de 2021 que introdujo modificaciones a la ley 20.998, de 2017, que regula los servicios sanitarios rurales; y la ley 21.435, publicada el 6 de abril del presente, que concretó importantes modificaciones al Código de Aguas.

En la ocasión, el ingeniero Carlos Flores, jefe del Departamento de Administración de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas, abordó los principales ejes del nuevo Código de Aguas y su impacto los servicios sanitarios rurales.

En principio, expuso las atribuciones y funciones que el cuerpo legal otorga a la DGA, como son el investigar tanto en calidad como cantidad en atención a la conservación y protección de las aguas, mantener y operar el servicio hidrométrico nacional y la red de monitoreo e inventario de glaciares y nieves, autorizar la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas y las modificaciones de cauces, ejercer la policía y vigilancia de las aguas en los cauces naturales de uso público y acuíferos, planificar el desarrollo del recurso hídrico en las fuentes naturales para los cual se implementarán los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos (PERH), y supervigilar el funcionamiento de las organizaciones de usuarios y brindarles asesoría técnica y legal para su formación y operación.

Mencionó que las modificaciones realizadas van en la línea de cuatro ejes: derecho humano al agua y saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, preservación ecosistémica, producción sostenible y eficiencia hídrica, y la gestión territorial desde la particularidad de las regiones y cuencas.

En particular, sobre los beneficios que contempla el nuevo Código de Aguas para los comités de agua potable rural y servicios sanitarios rurales, Flores detalló que cuando un comité o una cooperativa de servicio sanitario rural, solicite un derecho de aprovechamiento de aguas y siempre que no exceda de 12 litros por segundo, la DGA podrá autorizarla transitoriamente mientras se resuelve la solicitud. Para tal efecto, la DGA deberá efectuar una visita a terreno y emitir un informe técnico que respalde el caudal autorizado, debiendo dictar una resolución fundada al respecto dentro del plazo de noventa días, contado desde la presentación de la solicitud. Esta autorización se mantendrá vigente durante la tramitación de la solicitud definitiva, la que no podrá exceder de un año, pudiendo prorrogarse por una sola vez.

Sostuvo que el mismo derecho, en iguales condiciones, podrán ejercer los servicios sanitarios rurales para hacer uso de aguas subterráneas destinadas al consumo humano, los que podrán extraer de pozos cavados en el suelo propio de la organización, de algunos de los integrantes de ella, o en terrenos del Estado, pero deberán informar a la Dirección General de Aguas la existencia y la ubicación de dichas obras.

Otra herramienta, de carácter excepcional, es que cuando se haya solicitado un derecho de aprovechamiento de aguas para consumo humano, saneamiento o uso doméstico de subsistencia y no exista disponibilidad, el o la presidente de la República, podrá constituir igualmente derechos para los comités de agua potable rural.

En el seminario también participó Denisse Charpentier, profesional de la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales de la Dirección de Obras Hidráulicas del MOP, quien abordó la implementación de las leyes de los servicios sanitarios rurales y acciones desarrolladas por la DOH.

A su vez, Juan Pablo Jaque, coordinador nacional de Servicios Sanitarios Rurales de la Superintendencia de Servicios Sanitarios se refirió a los avances concretados por la SISS en las leyes 20.998 y 21.401. Esta última modifica la ley N° 20.998, que regula los servicios sanitarios rurales, para perfeccionar su aplicación e implementación en razón de los efectos de la pandemia por Covid-19.

Representando a la Asociación Chilena de Municipalidades, expuso la alcaldesa de María Pinto y presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Hídricos de dicha organización. Mientras que la dirigenta de APR, Yorki Riquelme, hizo la presentación a nombre de los comités de agua potable rural.

En la ocasión, los participantes respondieron las consultas del público.

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