¡Medir, medir y … medir las aguas!

Columna de opinión del director general de Aguas del MOP, Rodrigo Sanhueza Bravo.

10-10-2024 13:00:00 Dirección General de Aguas

¡Medir, medir y … medir las aguas!

"Lo que no se define no se puede medir. Lo que no se mide, no se puede mejorar. Lo que no se mejora, se degrada siempre". Ya al final del siglo XIX, el matemático y físico escocés William Thomson planteaba que contar con datos precisos y concretos nos permitía entender la realidad y alcanzar la objetividad.

De ahí la importancia de que desde la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas ordenemos el Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE), porque para mejorar la gestión de las aguas, es menester de la autoridad tener certeza sobre la cantidad de agua que se está utilizando.

Ya son 6 años desde la publicación de la ley N°21.064 que fortaleció las atribuciones en materias de fiscalización y estableció sanciones a quienes cometan infracciones al Código de Aguas con multas que pueden variar de 10 a 2.000 UTM, dependiendo del tipo de infracción y de las causales que agraven la infracción, por ejemplo, si se produce en zona de escasez hídrica.

Si bien el Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) data de 1981, comienza a hacerse realmente efectiva desde junio de 2019 al establecer que se debe registrar, instalar e informar. Es decir, primero, existe el deber de registrar la obra a través de la cual se capta el recurso hídrico; luego se debe instalar un sistema que permita medir y transmitir para, finalmente, informar la extracción de caudales que se está realizando a través de la página web de la DGA.

Este proceso de implementación, realizado de forma paulatina, ha sido a través de la definición de criterios a nivel nacional y, por ello, primero se priorizó la instrucción en aquellos sectores del país que ya contaban con áreas de prohibición y restricción, es decir, donde no se pueden conceder más derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas. Así como también, se consideró el factor de la escasez hídrica en el territorio.

Considerando que vivimos en un país hídricamente heterogéneo, donde la disponibilidad de agua o precipitación es muy distinta en las distintas macrozonas, cada región definió cuatro estándares de caudales (muy pequeño, menor, medio y mayor) así como también el sistema de medición para cada tipo de caudal (formulario, archivo o a través de un sistema online) y, por último, también consideró plazos diferidos para registrar, instalar e informar.

Entonces, un usuario “muy pequeño” de aguas subterráneas puede instalar un sistema simple, como un flujómetro e informar dos veces al año través de un formulario digital y con un plazo de 72 meses para empezar a entregar los datos de la cantidad de agua que está utilizando. A diferencia de un usuario “mayor”, el que deberá contar con un flujómetro, un sensor de nivel y data logger, y deberá transmitir de forma online cada una hora dentro de un plazo de 5 meses.

Mientras que un usuario “muy pequeño” de aguas superficiales debe tener un sistema para medir la relación área/velocidad o tiempo/volumen, por ejemplo, podría ser un método del flotador o un aforo con molinete, debiendo informar una vez al mes en formulario digital y comenzar a transmitir en un plazo de 30 meses. En tanto, un usuario “mayor” debe contar con un dispositivo de aforo con un sensor de altura limnimétrica, una regla limnimétrica, curva de descarga y data logger e informar cada una hora en forma online y con un plazo de 18 meses para transmitir la información.

La DGA, al ser el organismo rector en materia de aguas, fiscaliza este cumplimiento al verificar si el agua extraída corresponde al derecho de aprovechamiento de aguas otorgado. Considerando que a la fecha, todos los usuarios deberían contar con, por lo menos, el registro y un sistema de medición, este tipo de infracción lidera las multas por contravención al Código de Aguas.

La exigencia de cumplir con el sistema de Monitoreo de Extracciones Efectivas se concibió para contar con información imprescindible para planificar, administrar y gestionar los recursos hídricos. Por eso el llamado también es para regularizar el uso de las aguas y perfeccionar los derechos para contar con más y mejor cantidad y calidad de datos.

Además, estamos avanzando hacia la gestión integrada de aguas en las cuencas y la elaboración de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos que permitirá a las Mesas Estratégicas de Recursos Hídricos ejercer la gobernanza desde la cuenca, priorizando las mejores soluciones para avanzar en seguridad hídrica.

Así, entonces, la DGA puede conocer el comportamiento de los acuíferos, pero también tener información para complementar las labores de fiscalización, considerando que el país lleva ya 15 años de sequía estructural y que es prioridad de este gobierno velar por el correcto uso de las aguas en un escenario de escasez y de cambio climático.

Al 30 de septiembre contamos con 3.857 captaciones de aguas subterráneas y otras 612 captaciones de aguas superficiales informando la extracción de aguas que realizan y aún queda mucho por cumplir, por lo que esperamos que cada día sean más las y los usuarios de aguas que se sumen y cumplan con lo establecido.

Además, el Estado, a través de la Comisión Nacional de Riego, ha dispuesto de fondos concursables para que tanto pequeños usuarios como organizaciones de usuarios y comunidades indígenas, entre otros, puedan adquirir los instrumentos para implementar el sistema MEE. Solo este año el monto fue de 3.350 millones de pesos para la postulación de interesados a lo largo del territorio.

Cuando vivimos una sequía estructural, que nos obliga a extremar el cuidado del agua porque nos sirve a todas y todos, cuando estamos trabajando por avanzar en seguridad hídrica con una gobernanza desde las cuencas y elaborando un Plan de Adaptación al Cambio Climático en Recursos Hídricos, y cuando la ciudadanía exige la presencia del Estado para fiscalizar, corresponde hacer un esfuerzo colectivo y sumarse a la autorregulación del sistema de Monitoreo de Extracciones Efectivas.

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