Esta semana se celebra en nuestra región, el 7º Congreso Internacional y Exposición del sector lácteo, “Chilelácteo”,una actividad que durante dos días abarcará la realidad del conjunto de los productores, sus avances tecnológicos y las novedades que traen algunos cambios normativos. Me detendré en este último punto para profundizar y explicar dos proyectos de ley complementarios que modifican el Código de Aguas respecto de los cuales, puede haber un poco de desconocimiento.
Los desafíos del cambio climático nos sitúan en un escenario muy diverso en comparación a 30 años atrás, época en que se promulgó el Código de Aguas. Por ejemplo, ha aumentado la temperatura media, ha disminuido al oferta natural del agua y ha aumentado la demanda de agua, lo que conlleva a un desbalance entre ambos factores.
Nuestra región, posee una superficie total de 4,8 millones de hectáreas, de las cuales, el 46 % es favorable para la producciónagropecuaria, por lo que naturalmente, el recurso hídrico es esencial para seguir en la senda de nuestro desarrollo.
Por ello, un cambio normativo que busque equilibrar los usos productivos, la preservación ecosistémica y que reconoce y prioriza el derecho humano de acceso al agua potable y al saneamiento, significa que es un país que reconoce su pasado y que está atento a los desafíos del siglo XXI. En eso consiste uno de los dos proyectos de ley, mientras que el otro, busca mejorar la transparencia de la información, aumentar las facultades fiscalizadoras de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas y mejorar el sistema de sanciones.
Además de los desafíos que impone el cambio climático y la necesidad de hacerse cargo de ciertos riesgos hídricos, también se deben aprovechar las oportunidades que pueden abrir ventajas competitivas en la región. Distintos organismos internacionales han recomendado al mundo y a Chile, hacer un punto de inflexión en materia de gestión hídrica. Entre ellos, destaca el Programa Hidrológico Internacional de UNESCO, los Objetivos de Desarrollo Sostenible aprobados por los Estados miembros de la ONU y las recomendaciones efectuadas por la OCDE en su evaluación del desempeño ambiental para Chile.
Mientras algunos insistan en confundir a nuestros usuarios del agua, persistiremos en explicar que el agua es un bien nacional de uso público, lo que está dispuesto en nuestro Código Civil, y que por lo tanto, pertenece a la sociedad toda, pero que se entregapara que sea aprovechada de forma efectiva y eficiente. Esta no es una reforma expropiatoria, ya que los titulares de los derechos de aprovechamiento de aguas la podrán seguir utilizando como siempre lo han hecho y todos, continuarán disponiendo de sus derechos para venderlos y transmitirlos.
El castigo es para quienes especulan y poseen derechos ociosos y por eso, es que se promueve el uso efectivo de las aguas. Por ejemplo, el 87% del valor de cobro de patentes por no uso de las aguas en la región de Los Lagos, corresponde a derechos noconsuntivos (no para fines agropecuarios) y con la reforma se busca duplicar el valor de cobro de la patente cada cuatro años y se establecen plazos de 10 años para la extinción de los derechos de aprovechamiento por no uso.
Los proyectos de ley que se encuentran en el Senado apuntan a convertirnos en un mejor país, optimizar la gestión de las aguas de forma justa y equitativa, promover su uso eficiente para quienes necesitan ocuparla en proyectos de inversión, consumo humano opara que vuelva a ser asignada de forma eficiente por el Estado.
Se han levantado mitos y caricaturas de los verdaderos contenidos de estas iniciativas de ley, los invitamos a conocerlas en mayor profundidad.