Decreto de Escasez Hídrica DGA-MOP en isla de Región de Aysén

Fecha: 22 febrero, 2022
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La localidad de Islas Huichas de la Región de Aysén se encuentra con decreto de escasez hídrica hasta agosto próximo y si bien muchos pensaron que era la primera vez que se aplicaba esta medida en la zona, la verdad es que entre marzo y septiembre de 2008 lo estuvieron las comunas de Lago Verde, Coyhaique, Cisnes, Aysén, Río Ibáñez, Chile Chico y Cochrane, faltando solo 3 comunas.

También hasta agosto se prolongará las nuevas declaraciones de escasez que rigen en las 5 comunas de la Provincia de Petorca en la Región de Valparaíso y para Colina y Tiltil de Chacabuco en el Área Metropolitana. Hasta el momento, el Ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, ha firmado 6 decretos en lo que va del año, luego que la Dirección General de Aguas (DGA) del MOP comprobara la condición de sequía también en Curacaví, María Pinto, Melipilla, Lo Barnechea, Las Condes, Vitacura y en la Región de Coquimbo completa.

“Estos decretos, que entregan varias herramientas a la autoridad para disminuir los efectos ocasionados por la sequía y focalizadas especialmente en los sectores rurales, tiene por el momento una duración de seis meses. Esto cambiará una vez que se promulgue el nuevo Código de Aguas, aprobado por unanimidad en el Congreso en enero pasado, ya que la reforma incorpora una modificación al Artículo 314, que señala que se podrá declarar zonas de escasez hídrica ante una situación de severa sequía por un período máximo de un año, prorrogable sucesivamente, previo informe de la DGA, para cada período de prórroga”, señala Cristian Núñez, Director General de Aguas (s) del MOP.

¿Desde cuándo se aplica este instrumento?

Esta herramienta existe desde el 2008 y desde entonces se han firmado 196 decretos. El 2021 fue el año en el que hubo el mayor número de declaraciones de escasez hídrica (37), seguido por el 2020 (33) y el 2019 (21).

¿Cuáles son los criterios técnicos establecidos por la DGA-MOP para determinar la condición de sequía?

Los principales criterios técnicos son el Índice de Precipitaciones Estandarizados (IPE), que se construye comparando los valores actuales con los mensuales acumulados a contar de abril –que incluya el período comprendido entre ese mes y agosto- y los totales anuales de los últimos 30 años; y el Índice de Caudales Estandarizados (ICE), que se calcula sobre la base de los caudales medios mensuales acumulados de los últimos tres meses.

¿Qué efectos tienen los Decretos de Escasez Hídrica?

Los efectos son las herramientas que entregan a la autoridad para palear las dificultades ocasionadas por la sequía extrema.

Entre otras se encuentran las siguientes:

1- Autorizaciones para extracciones en aquellos casos que no se pueda ejercer los derechos de aprovechamiento de agua

La normativa busca solucionar este problema dando la posibilidad a los afectados de pedir a la DGA-MOP la autorización para extraer, de acuerdo al Instructivo 588 del 5 de diciembre del 2014. Esta normativa y los formularios de solicitud están disponibles en el sitio web de la Dirección.

Los Formularios para solicitar la autorización de extracción temporal de aguas con cargo a la declaración de zona de escasez hídrica:

Formulario para solicitud de Sistema Sanitario Rural (APR)

Formulario para solicitud de Empresas de Servicios Sanitarios

Formulario para solicitud de Servicios Públicos

Formulario para solicitud de Juntas de Vigilancia

Formulario para solicitud de Comunidades de Aguas Subterráneas

Formulario para solicitud de Comunidades de Aguas o Asociaciones de Canalistas

Formulario para solicitud de particulares

2- Redistribución de aguas por parte de la DGA-MOP

La distribución de las aguas puede generar dificultades entre los agricultores y otros usuarios de cualquier cuenca en momentos de gran escasez. Esto se encuentra previsto en el Código de Aguas. Este indica que si no llegan a acuerdo, el decreto le da la DGA-MOP la posibilidad de intervenir en el reparto y suspender las atribuciones de las Juntas de Vigilancia de los ríos, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez.

3- Entrega de recursos de emergencia (camiones aljibes)

Hay sectores rurales que se ven especialmente afectados, debido a que los pozos de los sistemas sanitarios rurales se secaron o porque hay familias que se encuentran muy aisladas sin posibilidad alguna de conectarse a un sistema de abastecimiento. Para estas situaciones, el Decreto de Escasez Hídrica permite la entrega de recursos de emergencia. Aquí entran a actuar la distribución de agua a través de camiones aljibes, los cuales son financiados por las delegaciones presidenciales regionales o provinciales, una vez que ha sido autorizado por el Ministerio del Interior (Subsecretaría del interior), y contratados directamente por los municipios, y si se cumplen los siguientes requisitos:

– Declaración de zona de escasez hídrica (Ministerio de Obras Públicas).

– Declaración de emergencia agrícola como consecuencia del déficit hídrico (Ministerio de Agricultura).

– Declaración de zona de catástrofe (Ministerio del Interior y Seguridad Pública).

– Informe que acredite la falta de recursos en un sector o sistema APR producto del déficit de precipitaciones (Dirección de Obras Hidráulicas, MOP).

4- Aprobación de decretos de emergencia MOP

Por último, estas declaraciones de escasez hídrica, además, abren la puerta para la aprobación de decretos de emergencia MOP que tramita la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) por solicitud de las comunas afectadas para entregar soluciones en el corto plazo que incluye el mejoramiento de sistemas de agua potable rural (APR) y desarrollar obras por trámite directo sin licitaciones, entre otras.

Más Información:

Decretos Escasez Hídrica Vigentes (10.02.2022)