Desde el año 2020 la Comisión Nacional de Riego y la Dirección General de Aguas del MOP vienen trabajando de forma conjunta en la conformación de comunidades de aguas subterráneas en 4 sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común en la provincia de San Felipe, denominados Putaendo, San Felipe, Catemu y Llay Llay.
A la fecha, 75 de un conjunto de 320 titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas se han hecho parte de los procesos judiciales, lo que les ha permitido participar activamente en la redacción de la propuesta de estatutos que regirá a estas organizaciones y en la elección del directorio provisional.
En este sentido, el director regional de Aguas del MOP, Camilo Mansilla, invita a todos los titulares de derechos de aprovechamiento a hacerse parte en los procesos de conformación judicial y participar de la toma de decisiones. “De acuerdo lo establecido en los artículos 63 y 65 del Código de Aguas, todos los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas que se encuentren dentro de la jurisdicción de una comunidad de aguas integrarán el registro de comuneros y les será aplicable lo regulado por éstas, sea que participen o no del proceso de conformación”, aclaró.
Mansilla hizo hincapié en que la conformación de las comunidades de aguas subterráneas es importante, ya que su funcionamiento permite regular la explotación de los acuíferos a través del manejo de la información que los mismos usuarios con sus pozos generan, complementándolo con información de la disponibilidad del recurso que maneja la DGA.
Agregó que una vez que estén agrupados en un colectivo con personalidad jurídica, podrán desarrollar diferentes actividades tendientes a gestionar la fuente común que aprovechan, en función de las atribuciones que la normativa les entrega y las reglas que acuerden adoptar en el contexto de la realidad de cada territorio, así como asociarse con otras entidades y participar de la gestión de la cuenca como un actor preponderante. “Por ejemplo, a través del trabajo desarrollado en su conformación, la DGA ha promovido incorporar en los estatutos cláusulas que aseguran la participación de los Servicios Sanitarios Rurales (Comités de APR) en los directorios de cada comunidad, lo que va en línea con la priorización del consumo humano y saneamiento refrendado en la reciente reforma al Código de Aguas. Además, podrán acceder en conjunto a beneficios como la Ley de Riego (Ley 18.450), Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), Fondos de Protección del Ambiente (FPA), entre otros financiamientos estatales con los cuales podrán adquirir capacitación técnica y tecnología que contribuyan a mejorar la gestión del recurso hídrico”.
Para ser parte del procedimiento de conformación de la comunidad de aguas subterráneas, los titulares de derechos deben contar con el patrocinio de un abogado o abogada y acercarse a los Juzgados de Letras donde se está tramitando el proceso de conformación judicial. Al respecto y para mayores detalles, pueden contactar al Departamento de Organizaciones de Usuarios de la Dirección General de Aguas al correo ou@mop.gov.cl o al teléfono 224493921.
Los roles de las causas judiciales son:Comunidad de Aguas Subterráneas de San Felipe: V-108-2021 del 1° Juzgado de Letras de Los Andes; Comunidad de Aguas Subterráneas de Putaendo: V-196-2021 del Juzgado de Letras y Garantías de Putaendo;Comunidad de Aguas Subterráneas de Catemu: V-221-2021 del 1° Juzgado de Letras de San Felipe; Comunidad de Aguas Subterráneas de Llay-Llay: V-220-2021 del 1° Juzgado de Letras de San Felipe.