DGA Los Lagos aplica multa a empresa constructora por obras no autorizadas en estero Chávez de Puerto Montt

Fecha: 22 enero, 2024

Además de la sanción monetaria de $6.421.600, la empresa tiene 90 días hábiles para modificar la construcción del puente de acuerdo a la reglamentación DGA, el cual reviste un peligro para quienes circulan por el lugar.

La Dirección Regional de Aguas del MOP Los Lagos resolvió aplicar una multa de 100 UTM ($6.421.600) a la empresa Constructora La Esperanza Limitada, luego que la fiscalización arrojara que la denuncia por obras no autorizadas en el estero Chávez era efectiva.

Además, la empresa quedó apercibida para que modifique el puente sobre el cauce del estero mediante la presentación del correspondiente proyecto de acuerdo a la normativa del Código de Aguas y la guía metodológica de proyectos de modificación de cauce de la DGA, en un plazo no superior a 90 días hábiles.

El SEREMI de Obras Públicas (s), José Morales, destacó la labor fiscalizadora de la DGA, atendiendo las denuncias de la comunidad y realizado fiscalizaciones por iniciativa propia. “En el transcurso de este año la DGA ha cursado multas por 347 millones de pesos, principalmente por infracciones del tipo obras no autorizadas en cauce natural, extracción no autorizada de aguas e incumplimiento al sistema de Monitoreo de Extracciones Efectivas”.

A su vez, Fabiola Pizarro, directora regional de Aguas, manifestó que durante este año se presentaron dos denuncias contra la empresa fiscalizada, la primera de un particular en junio y una segunda de la Junta de Vecinos La Vara Sendas Unidas en octubre pasado.

“El equipo fiscalizador DGA constató en el cauce natural estero Chávez un puente que se utiliza de acceso a un pozo lastre para extracción de áridos y que la obra de hormigón y relleno de material árido está en mal estado, específicamente, fatigado en el sector de aguas arriba del cauce, representando un riesgo para quienes lo utilizan”, comentó Pizarro.

En este sentido, la obra de atravieso verificada en terreno corresponde a una modificación de cauce del estero Chávez y al respecto el artículo 41 del Código de Aguas señala que este tipo de obras en cauces naturales o artificiales que puedan causar daño a la vida, bienes o salud de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la DGA. Además, que se entenderá por modificaciones no solo el cambio de trazado de los cauces, su forma o dimensiones, sino la alteración o sustitución de cualquiera de sus obras de arte y construcción de nuevas, como abovedamientos, pasos sobre o bajo nivel o cualesquiera otras de sustitución o complemento.

Asimismo, el artículo 171 del Código de Aguas indica que quienes deseen efectuar las modificaciones señaladas en el artículo 41, deberán presentar el proyecto correspondiente a la DGA.

La directora regional de Aguas indicó que para determinar el monto de la multa se consideró que la obra reviste un peligro para las y los vecinos que circulan por el sector La Vara Senda Sur, pero al mismo tiempo, se tomó en cuenta que el puente no tiene impacto sobre el caudal, que en el tramo fiscalizado no existen derechos de aprovechamiento que puedan verse afectados y que la empresa fiscalizada manifestó la intención de realizar las mejoras que sean necesarias en el puente.