Ministerio de Obras Públicas Protegerá los Glaciares

Fecha: 12 marzo, 2015
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Indicación sustitutiva a proyecto de ley de protección glaciar ingresó esta semana a la Cámara Baja. Faculta a la Dirección General de Aguas del MOP a investigar, fiscalizar y sancionar la actividad humana en estas formaciones.

Lapresentación de una indicación sustitutiva a la moción que busca resguardar losglaciares, realizada por el Ministro de Medio Ambiente Pablo Badenier en lacomisión de medio ambiente y recurso naturales de la cámara, abre un nuevofrente de acción para la Dirección General de Aguas (DGA) en el ámbito delestudio y protección de los glaciares.

Principalmente,la ley busca proteger, con distintas modalidades, los glaciares y suentorno. Los define como un bien nacional de uso público sobre los cuales nopueden ser constituidos derechos de aprovechamientos de aguas.

“Esteproyecto va en la línea de lo expresado por la presidenta Bachelet en cuanto aproteger el agua en todos sus estados”, expresó el Director General de Aguas,Carlos Estévez, quien explicó que con la normativa, todos los glaciares pasan aser regulados y protegidos: “un grupo de menor superficie se verá mediante Estudiosde Impacto Ambiental, donde se crea un Permiso Ambiental Sectorial de la DGA;un segundo grupo que representa el 82% de la superficie glaciar, donde se prohíbetoda actividad comercial”, agregó.

“Un tercer grupo son los glaciares que serándeclarados ‘reserva estratégica’ y que dispondrán de una protección especial.Así, nuestro Servicio será responsable del Registro Nacional de Glaciares, lo queconlleva un inventario, mediciones topográficas y de balances de masa, además dela vigilancia y la aplicación de sanciones que pueden llegar hasta las 10.000 UnidadesTributarias Anuales (U.T.A.)”, precisó Estévez

En resumen, los principales,puntos de la ley se refieren a:Laposibilidad de declarar Reserva Estratégica un Glaciar o Conjunto GlaciaresRelacionados, cuando éste o éstos sean una reserva hídrica relevante para lacuenca donde se ubiquen.

Laprohibición de toda actividad e intervención en los glaciares ubicados enparques nacionales o zonas de reserva vírgenes.

Laprohibición de remover, trasladar, destruir o cubrirlos, acelerando de modosignificativo el derretimiento de aquellos glaciares que sean declaradosReserva Estratégica.

Seexceptúa de la prohibición un reducido número de actividades que se hanconsiderado de baja intervención y de alto interés, tales como el turismo debaja intensidad o la investigación científica.

NUEVAS ATRIBUCIONES DE LA DGA

Elproyecto propone un cambio en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente,relativo a explicitar que toda obra o actividad que se desarrolle en o próximoa un glaciar se considerará susceptible de causar efectos adversos y por lotanto deberá ser sometida al sistema de evaluación de impacto ambiental(artículo 10 de la Ley 19.300/2004).

Coherentemente,se propone la creación de un Permiso Ambiental Sectorial de contenidosúnicamente ambientales, otorgado por Dirección General de Aguas

Especialmente,se le asigna un carácter de organismo regulador a la DGA en el caso deactividades de investigación científica o de levantamiento de información y seconsolida el Inventario Público de Glaciares, como catastro oficial de estetipo de elementos de la criósfera.

Finalmente,la iniciativa establece a la Dirección General de Aguas como organismofiscalizador, definiéndose las sanciones e infracciones que serán aplicables.