Observancia del Principio de Probidad Administrativa

Fecha: 15 enero, 2019
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La Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas (MOP) entregó a las direcciones regionales criterios que deben cumplir en el marco de la probidad administrativa.

A través de una circular, el Director General de Aguas, Oscar Cristi Marfil, dio a conocer los lineamientos mediante los cuales se procederá en todos aquellos casos en que existan tramitaciones o solicitudes de información emanadas de actores relevantes, que sean llevados por las direcciones regionales el objeto de dar cumplimiento a las normas contenidas en la Ley 20.880 sobre «Probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses».

Esta circular explica los siguientes conceptos:

– Principio de Probidad

– Conflicto de Interés

– Actor Relevante

– Inhabilidades e incompatibilidades administrativas

– Abstención del Funcionario

– Publicidad y Transparencia

Además, instruye sobre los procedimientos que se deben cumplir y observar en cada caso.

Circular 5 del 26 diciembre de 2018