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Traslado del ejercicio de los derechos de aprovechamiento de aguas superficiales

Descripción

Permite a personas naturales y jurídicas solicitar a la Dirección General de Aguas (DGA) el traslado total o parcial del ejercicio del derecho de aprovechamiento de agua en cauces naturales, es decir, el cambio del punto de captación y/o restitución, conforme lo dispuesto en el artículo 163 y demás pertinentes del Código de Aguas.

¿A quién va dirigido?

Personas naturales o jurídicas.

Importante: el trámite lo puede realizar el o la representante del titular, por medio de un poder notarial.

Para iniciar el trámite puede:

1) Dirigirse a una Dirección Regional, Oficina Provincial DGA o Delegación Presidencial Provincial correspondiente, de acuerdo a la ubicación del punto de captación, o

2) Ingresar a Oficina Virtual DGA haciendo clic aquí (Debido a la implementación de la Ley 21.435, no estará disponible en la Oficina Virtual DGA la presentación de éste trámite).