Perfeccionamiento de derecho de aprovechamiento de aguas

Descripción

Permite a personas naturales y jurídicas solicitar a la Dirección General de Aguas (DGA) el perfeccionamiento del título del derecho de aprovechamiento de agua, con el objeto de completar los elementos o características esenciales de los derechos, conforme lo dispuesto en el artículo 170 bis y demás pertinentes del Código de Aguas.

¿A quién va dirigido?

Personas naturales o jurídicas.

Para iniciar el trámite puede:

1) Dirigirse a una Dirección Regional, Oficina Provincial DGA o Delegación Presidencial Provincial correspondiente, de acuerdo a la ubicación del punto de captación.