DGA Valparaíso cursa multas a Codelco División Andina y Anglo American por extracción no autorizada de aguas en la comuna de Los Andes

Las sanciones monetarias corresponden a $327.837.448 y $66.681.706, respectivamente. Además, se aplicaron medidas administrativas que las empresas mineras deberán cumplir.

12-09-2023 13:00:00 Dirección General de Aguas

DGA Valparaíso cursa multas a Codelco División Andina y Anglo American por extracción no autorizada de aguas en la comuna de Los Andes

La Dirección Regional de Aguas de Valparaíso luego de cerrar los procesos investigativos, determinó aplicar una multa a Codelco División Andina por 5.166,7 UTM (aproximadamente $327.837.448 millones de pesos) y otra multa a Anglo American por 1.050,9 UTM ($66.681.706), en virtud de la extracción no autorizada de aguas superficiales y corrientes fuera de turno del régimen de redistribución de las aguas de la cuenca del río Aconcagua, a la que deben someterse todos los usuarios de este curso fluvial.

El SEREMI de Obras Públicas, Yanino Riquelme, comentó que “en un trabajo constante y coordinado, la DGA de la Región de Valparaíso ejecuta fiscalizaciones por denuncia de terceros o por iniciativa propia, y en esta oportunidad se constató que Minera Anglo American extrajo aguas en el Estero Los Riecillos sin autorización y CODELCO División Andina hizo lo propio en el río Blanco”.

Durante este año 2023, la DGA Valparaíso ha cursado 78 multas por 2 mil 23 millones de pesos por diversas infracciones al Código de Aguas como extracciones no autorizadas de aguas, obras no autorizadas en cauce, incumplimiento al monitoreo de extracciones efectivas, entre otras.

Camilo Mansilla, director regional de Aguas MOP, destacó la labor desarrollada por la DGA en la zona. “Cómo DGA estamos mandatados a priorizar el consumo humano, es el sentido que tiene nuestra labor en la redistribución de caudales en el río Aconcagua, y que se reflejó con el cumplimiento de la meta de recarga del embalse de Los Aromos para asegurar el consumo para el gran Valparaíso y litoral norte de la región. Es en esta línea, que hemos fiscalizado a Anglo American y a Codelco División Andina, las que, en afluentes relevantes al Aconcagua, pertenecientes a la primera sección del río Aconcagua, no se someten a turnos como el resto de la cuenca”, explicó la autoridad regional de aguas.

Codelco Andina junto con extraer aguas desde las Bocatoma 2, Botacoma Rock Point, Bocatoma Morado y Bocatoma Lagunita fuera del horario correspondiente al prorrateo que aplica para todos los usuarios de la Junta de Vigilancia del río Aconcagua 1ª sección, además en 3 bocatomas no cumplió con proporcionar los medios para realizar la medición de caudales y la infracción se realizó en el río Blanco, el cual es afluente del río Aconcagua y que está declarado como agotado en el tramo de la 1ª sección. Asimismo, se le ordenó el cese inmediato de extracciones de aguas superficiales en la capación denominada Bocatoma Lagunita, por no contar con derechos de aprovechamiento de aguas asociados a las aguas extraídas.

En el caso de Anglo American Sur S.A. se fiscalizaron 3 bocatomas, constatando en la fiscalización que, según el registro de la minera, el 8 de enero de 2023 la bocatoma AAS 3050 presentó una extracción de agua en el estero Los Riecillos, en pleno horario de cierre de compuertas ordenado por la DGA de acuerdo a las reglas de redistribución. Este hecho amplió la investigación, detectándose en los propios registros de captación de Anglo American que la misma situación se repitió el 1° y 29 de enero, en el marco de un período de análisis comprendido entre el 1° de enero y 10 de abril de 2023.

Resultó entonces que la multa se vio incrementada por el hecho que la infracción se cometió en un río declarado agotado y mientras la zona estaba con decreto de escasez hídrica. Aparte de la multa de 1.050,9 UTM, se ordenó a Anglo American el cese inmediato de las extracciones de aguas superficiales durante el período de cierre de compuertas ordenado por la DGA.

Cabe señalar, que las empresas mineras infraccionadas de no estar conformes con las resoluciones emitidas por la DGA, pueden interponer ante el director general de Aguas un recurso de reconsideración en un plazo de 30 días contados desde la notificación de las medidas adoptadas por el Servicio MOP.

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