Región Metropolitana y Coquimbo: Diario Oficial publica decretos de escasez hídrica
En la edición del 28 de enero de 2022 del Diario Oficial se publicaron las tres resoluciones del Ministerio de Obras Públicas (MOP) del 5 de enero pasado que declaran escasez hídrica en la Región de Coquimbo y en las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura de la provincia de Santiago; Curacaví, María Pinto y Melipilla de la provincia de Melipilla en la Región Metropolitana de Santiago, que cumplen los criterios técnicos establecidos por la Dirección General de Aguas (DGA) para calificar dichos territorios con época extraordinaria de sequía.
28-01-2022 15:00:00 Dirección General de Aguas
La publicación del Diario Oficial indica que con fecha 5 de enero de 2022, el Ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, firmó el Decreto MOP N° 3 que declara zona de escasez hídrica a las comunas de Curacaví, María Pinto y Melipilla de la Región Metropolitana; el Decreto MOP N° 4 que declara zona de escasez hídrica a la Región de Coquimbo, y el Decreto MOP N° 5 del 5 de enero que declara zona de escasez hídrica a las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura de la Región Metropolitana. En los tres casos, la medida comenzó a aplicarse el 6 de enero.
Los decretos de escasez hídrica entran en vigencia desde que el Ministro de Obras Públicas firma las resoluciones respectivas, independiente que la Contraloría General de la República no haya realizado la Toma de Razón, y entregan herramientas a la autoridad para disminuir los efectos de la sequía y focalizadas especialmente en los sectores rurales.
Este instrumento existe desde el año 2008, desde entonces se han firmado 193 decretos y el 2021 terminó con el mayor número de declaraciones de escasez hídrica.
El número de decretos por año es el siguiente:
- 2008: 06
- 2009: 01
- 2010: 04
- 2011: 15
- 2012: 10
- 2013: 07
- 2014: 13
- 2015: 12
- 2016: 08
- 2017: 11
- 2018: 12
- 2019: 21
- 2020: 33
- 2021: 37
- 2022: 03
A la fecha, los decretos de escasez hídrica rigen durante seis meses, pero esto debería cambiar cuando entre en vigencia el nuevo Código de Aguas, que el Senado aprobó por unanimidad el pasado 12 de enero. Una vez que el Presidente de la República lo promulgue será ley y comenzará a aplicarse la modificación al Artículo 314 que indica que tendrán una duración máxima de un año, pero, prorrogable sucesivamente, previo informe de la DGA-MOP para cada nuevo período.
MÁS INFORMACIÓN
- Decretos Escasez Hídrica Vigentes (06.01.2022).
- Nuevas Normales Climáticas 1991-2020 (División de Hidrología, DGA-MOP, 2021).