Mesas Estratégicas de Recursos Hídricos

¿Qué son las Mesas Estratégicas de Recursos Hídricos (MERH)?

Las Mesas Estratégicas de Recursos Hídricos son instancias lideradas por la Dirección General de Aguas del MOP y que estará compuesta por representantes de los órganos encargados y por actores de la cuenca o agrupación de cuencas, quienes colaborarán en las fases de desarrollo de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos de Cuencas (PERHC)

Las MERH deberán Colaborar en las actividades de participación ciudadana requeridas durante las fases de elaboración, revisión y actualización de los PERHC, así como también, deberán promover acuerdos y compromisos entre los organismos del Estado y los actores privados identificados como implementadores de las medidas del PERHC, especialmente respecto de acciones intersectoriales que requieran de su actuación coordinada.

La DGA podrá realizar reuniones extraordinarias para tratar otros temas contingentes que afecten la gestión de las aguas en la cuenca.

¿Cuáles son los principios que deben regir la conformación de las MERH?

  • 1.Participación
  • 2. Representatividad
  • 3. Compromiso
  • 4. Transparencia
  • 5. Género

¿Cómo se realiza la convocatoria para conformar las MERH?

Previo a realizar la convocatoria, la DGA identificará actores de la cuenca con información obtenida durante diversas instancias, lo que será publicado en la página web de la DGA y que serán contactados formalmente por cada Dirección Regional de Aguas.

Luego, el representante legal de cada actor de la cuenca, deberá informar a la DGA al titular y suplente, enviando la siguiente información:

  • 1.Actor, institución u organismo
  • 2. Nombre de representante
  • 3. RUT
  • 4. Cargo
  • 5. Correo electrónico
  • 6. N° telefónico
  • 7. Domicilio
  • 8. Calidad (Titular o suplente)

¿Quiénes están llamados a participar en las MERH?

De acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del DS MOP 58, publicado el 4 de enero del 2024, se contempla la participación de, cuando corresponda, un representante de:

  • a). El consejo regional.
  • b). Las municipalidades de la cuenca.
  • c). El Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred).
  • d). Las juntas de vigilancia respectivas o, en su defecto, se considerarán otras organizaciones de usuarios de aguas.
  • e). Las empresas o asociaciones productivas o asociaciones gremiales con usos intensivos de aguas dentro de la cuenca y que no sean parte de una junta de vigilancia u otra organización de usuarios de la cuenca.
  • f).  Las empresas de servicios sanitarios.
  • g). Los servicios sanitarios rurales.
  • h). Los centros de investigación o universidades con estudios o iniciativas de investigación en la cuenca.
  • i). Los pequeños productores agrícolas y campesinos, conforme lo dispuesto en la ley Nº18.910.
  • No obstante lo anterior, la DGA podrá invitar a participar en la Mesa Estratégica de Recursos Hídricos de la Cuenca a otros órganos de la Administración del Estado o actores que resulten relevantes para la cuenca de que se trate.

¿Está definido el funcionamiento de las MERH?

Sí, en la Resolución DGA (Exenta) N° 333 del 20 de febrero de 2024, se estableció lo siguiente:

  • 1.- En la sesión de instalación de la MERH, la Dirección regional deberá exponer el Reglamento de los PERHC, en especial las funciones de la MERH y sus acuerdos de funcionamiento, dejando en acta los acuerdos y compromisos adquiridos.
  • 2.- Los representantes deberán confirmar o descartar su asistencia mediante correo electrónico, con una anterioridad de 5 días hábiles a la realización de la MERH, adjuntando en el mismo sus observaciones al acta de la reunión inmediatamente anterior, para el tratamiento de sus alcances y devolución en la instancia de sesión ordinaria siguiente.
  • 3.- La Dirección General de Aguas, ante la ausencia a una sesión sin justificación o fuera del plazo establecido, ya sea de carácter general o extraordinaria, deberá solicitar mediante Oficio, la reafirmación del compromiso suscrito por la institución u organización. En caso de no obtener respuesta en un plazo de 10 días hábiles, la DGA podrá designar un reemplazo del actor en cuestión, previa consulta a la MERH.
  • 4.- Los resultados y observaciones obtenidas a partir del trabajo en cada sesión general o extraordinaria, serán sistematizadas mediante el desarrollo de un acta elaborada por la Dirección General de Aguas. Dicha acta será proporcionada a los actores de la MERH en un plazo de 10 días hábiles, para su pronunciamiento dentro de 5 días hábiles. Sin perjuicio de lo anterior, al inicio de la sesión siguiente, se dará cuenta del acta de la sesión anterior para su aprobación.
  • 5.- La documentación que la MERH requiera para la siguiente sesión, será elaborada y/o compilada y distribuida por la Dirección General de Aguas, la cual deberá encontrarse adjunta a la convocatoria en los términos establecidos en el presente procedimiento, para su posterior publicación de acuerdo a los establecido en el artículo 6 letra k) del DS N°58/2023.
  • 6.- La Dirección General de Aguas deberá delimitar mediante resolución fundada cada cuenca, pudiendo agrupar dos o más cuencas para efectos del desarrollo de un PERHC, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 letra b) del DS N°58/2023.
  • 7.- Posterior a la convocatoria de instalación de la MERH, esta pudiese ser complementada con actores no convocados previamente, producto de la agrupación de una o más cuencas u otras consideraciones técnicamente fundadas que la misma Dirección General de Aguas estime procedente.
  • 8.- La Dirección General de Aguas se reserva el derecho de incluir a nuevos actores que resulten relevantes para el desarrollo del PERHC en cualquiera de sus fases, previa información de los argumentos que así lo justifiquen ante la MERH, en sesión posterior al ingreso de la documentación de participación y compromiso del actor por incorporar.


Actores Convocados

Cuenca del Río Aysén

La DGA convoca a los actores identificados de la cuenca del río Aysén a ser parte de la MERH. Aquellos que no hayan participado en ninguna instancia previa formal o informal de coordinación convocada por la DGA para estos efectos, deben contactarse enviando carta dirigida al Director Regional de la DGA Aysén a través del portal https://recepciondocumental.mop.gob.cl/ .

En consideración a las instancias formales de coordinación ya realizadas en esta cuenca, el registro de convocados para la primera MERH de la cuenca del Río Aysen, es: 

ACTORES DE LA CUENCA

  • a) Un representante del Consejo Regional
  • b) Representantes de las Municipalidades
    • b1) Un representante de la I. Municipalidad de Coyhaique.
    • b2) Un representante de la I. Municipalidad de Puerto Aysén.
  • c) Un representante del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED).
  • d) Un representante de las Organizaciones de Usuarios de Aguas en la cuenca.
    • d1) Un representante de la OUA Carretera Austral Ruta 7 Norte KM 30.
    • e) Representantes de empresas o asociaciones productivas con usos intensivos de aguas dentro de la cuenca
      • e1) Un representante de Organización Asociación Gremial Agrícola y Ganadera Austral (OGANA S.A.).
      • e2) Un representante de la Cámara de turismo de Coyhaique A.G.
      • e3) Un representante de la Cámara de Turismo Puerto Aysén Patagonia A.G.
      • e4) Un representante de la Cámara Chilena de la Construcción.
      • e5) Un representante del sector Minero
      • e6) Un representante del sector eléctrico Edelaysen S.A.
      • e7) Un representante de pesca recreacional.
    • f)Un representante de empresa sanitaria.
      • f1) Aguas Patagonia S.A.
    • g) Un representante de los servicios sanitarios rurales de la cuenca.
  • h) Representantes de universidades o centros de investigación en la cuenca.
    • h1) Un representante de la Universidad de Aysén.
    • h2) Un representante del Centro de Investigaciones de Ecosistemas de la Patagonia (CIEP).
  • i)Representantes de los pequeños productores agrícolas y campesinos.
    • i1) Un representante de Consejo Asesor de Área (CADA), Comuna Aysén
    • i2) Un representante de Consejo Asesor de Área (CADA), Comuna de Coyhaique.
  • j)Representantes de Organizaciones con personalidad jurídica sin fines de lucro de la cuenca:
    • j1) Un representante de la ONG Ecosistemas.
    • j2) Un representante de Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén.
    • j3) Un representante de Corporación Aysén Reserva de Vida.
  • k)Un representante de los siguientes Servicios Públicos:
    • k1) Gobierno Regional de Aysén.
    • k2) Delegado Presidencial Regional.
    • k3) Delegado Presidencial Provincial de Aysén.
    • k4) SEREMI MINAGRI (Ministerio de Agricultura).
    • k5) SEREMI MOP (Ministerio Obras Públicas).
    • k6) SEREMI MMA (Ministerio del Medio Ambiente).
    • k7) SEREMI MIDESO (Ministerio de Desarrollo Social y Familia).
    • k8) CORECC (Comité Regional de Cambio Climático).
    • k9) DOH Oficina Regional (Dirección de Obras Hidráulicas).
    • k10) DIFROL (Dirección de Fronteras y Límites).
    • k11) DOH Oficina Regional (Dirección de Obras Hidráulicas).
    • k12) DIFROL (Dirección de Fronteras y Límites).
    • k13) CNR (Ministerio de Agricultura).

Documentos Oficiales

Reglamentos y Procedimientos
Servicios MOP Programas y Planes Destacados
Ministerio de Obras Públicas, MOP - Morandé 59, Santiago de Chile - Mesa Central: (56+2) 2449 3000 - Atención Ciudadana: (56+2) 2449 4000