Decretos Escasez Hídrica 2022: Cambios y Nuevos Desafíos

Ya comenzaron a aplicarse los primeros tres decretos de escasez hídrica del 2022 en 21 comunas tanto de la Región de Coquimbo como Metropolitana, las cuales fueron calificadas como zona en condición de extraordinaria sequía de acuerdo a los indicadores técnicos de la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas (MOP).

19-01-2022 9:00:00 Dirección General de Aguas

Decretos Escasez Hídrica 2022: Cambios y Nuevos Desafíos

Con fecha 5 de enero de 2022, el Ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, firmó el Decreto MOP N° 3 que declara zona de escasez hídrica a las comunas de Curacaví, María Pinto y Melipilla de la Región Metropolitana; el Decreto MOP N° 4 que declara zona de escasez hídrica a la Región de Coquimbo, y el Decreto MOP N° 5 del 5 de enero que declara zona de escasez hídrica a las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura de la Región Metropolitana.

Los decretos de escasez hídrica permiten la aplicación de instrumentos que buscan disminuir el impacto de la sequía en la vida de las personas, especialmente en las zonas rurales.

Uno de los efectos de los decretos de escasez hídrica es la facultad de la DGA (artículos 314 y 315 del Código de Aguas) para autorizar las extracciones de aguas superficiales o subterráneas en aquellos casos en que no se puedan ejercer los derechos de aprovechamiento de aguas, y sin la limitación del caudal ecológico establecido en el artículo 129 bis 1 del mismo Código.

“También, en caso que haya desacuerdo en la distribución de las aguas entre los usuarios, entrega atribuciones para intervenir en el reparto y suspender las atribuciones de las Juntas de Vigilancia de los ríos, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez, como se vio en la cuenca del Aconcagua el año pasado”, explica el Director General de Aguas (s) del MOP, Cristian Núñez.

CAMBIOS Y NUEVOS DESAFÍOS

Los decretos de escasez hídrica tienen una duración de seis meses, porque la condición de sequía se consideraba como una situación excepcional y extraordinaria.

El Director General de Aguas (s) señala que la duración de estas declaraciones debería cambiar en el corto plazo. “La Reforma del Código de Aguas incorpora una modificación al Artículo 314, que señala que se podrá declarar zonas de escasez hídrica ante una situación de severa sequía por un período máximo de un año, prorrogable sucesivamente, previo informe de la Dirección General de Aguas, para cada período de prórroga”.

Por otra parte, está el desafío de actualizar las declaraciones de escasez hídrica de acuerdo a la realidad hidrológica actual y futura del país. “Ya se avanzó con la puesta en marcha de las nuevas normales climáticas (1991-2020), agrega Cristian Núñez.

Además, hay que analizar la factibilidad de poner en práctica las recomendaciones del proyecto "Estudio de perfeccionamiento de las capacidades de la DGA en gestión de ciclos de sequía y escasez", desarrollado en conjunto con DICTUC.

Este trabajo contempla una propuesta de indicadores calificadores con el objeto de actualizar continuamente los datos y estadísticas para enfrentar proactivamente los períodos de sequía y escasez, adicionando uno nuevo basado en las precipitaciones y la evaporación para incorporar el efecto de la temperatura en las demandas de evapotranspiración y así complementar el IPE (Índice de Precipitaciones Estandarizados). El informe técnico de la DGA para determinar la condición de sequía extrema en un territorio considera también el ICE (Índice de Caudales Estandarizados) y los niveles de las aguas subterráneas.

MÁS INFORMACIÓN

- Decretos Escasez Hídrica Vigentes (06.01.2022).

- Nuevas Normales Climáticas 1991-2020 (División de Hidrología, DGA, 2021).

- Estudio de perfeccionamiento de las capacidades de la DGA en gestión de ciclos de sequía y escasez (Dictuc - DGA, 2021).

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